MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Elimínanse del artículo 246º de la ley 13.318 de 28 de diciembre de 1964, numeral 1º, incisos A) y D), las diferencias de valor, como infracción aduanera de diferencia, en las operaciones de importación o despacho. Asimismo se eliminan las referencias a las diferencias de valor establecidas en los artículo 247º y 248º de la misma ley.Ayuda