MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Por Valor en Aduana se entenderá el definido como tal por el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas. La reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, oída la Dirección Nacional de Aduanas, incorporará dicha definición y sus Notas Interpretativas aprobadas por dicho Consejo y oportunamente las ajustará a sus eventuales modificaciones o agregados.Ayuda