Fecha de Publicación: 21/09/1977
Página: 498-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE JUSTICIA 

Artículo 11

   La reivindicación, el secuestro o cualquiera otras afectaciones o
gravámenes sobre los derechos consignados en un título-valor o sobre las
mercancías por él representadas, no surtirán efecto si no comprenden el
título mismo materialmente.
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