Fecha de Publicación: 10/10/1977
Página: 62-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Fe de erratas publicada/s: 04/11/1977.
Ley 14.712

Se denomina "Hospital Policial" a la obra prevista en la ley 14.106, destinada a la Asistencia Médico-Quirúrgica Integral para el personal policial.                

El Consejo de Estado, ha aprobado el siguiente

                            PROYECTO DE LEY

Artículo 1

Denomínase "Hospital Policial" a la obra prevista en el artículo 717º de
la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973, destinada a la Asistencia Médico-
Quirúrgica Integral para el personal policial en actividad o retiro, sus
familiares y pensionistas.

APARICIO MENDEZ - General HUGO LINARES BRUM - ERNESTO ROSSO.
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