Ley 14.730
Se dispone que podrán reingresar al Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, los Médicos Equiparados en situación de retiro.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1
Los médicos equiparados del Inciso 3 (Programa 3.06, "Salud Militar") en
actividad, tendrán derecho a solicitar el retiro militar cuando cumplan
las condiciones establecidas por el artículo 191 de la ley 14.157, de 21
de febrero de 1974.
A tales efectos, se tomarán en cuenta los años de servicio prestados
en dependencias del Ministerio de Defensa Nacional.