Fecha de Publicación: 30/12/1977
Página: 654-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.

Artículo 27

   La Comisión Calificadora del Personal Subalterno de la Fuerza Aérea 
estará integrada por tres miembros: un Oficial Superior que la presidirá, 
y dos Jefes.
   Contará con la asistencia administrativa de un Secretario del Grado
de Capitán.

     Compete a esta Comisión:

A)   Confeccionar las listas de ascensos para los Grados de Suboficial
     Mayor, Sargento 1º y Sargento, dentro de los Escalafones respectivos
     (Artículo 37);
B)   Calificar al Personal Subalterno de las jerarquías de Cabo de 1ª
     hasta Suboficial Mayor inclusive.

                               Sección IV

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