MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.
Los registros a que se refiere el artículo 171 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas 14.157, de 21 de febrero de 1974, serán efectuados en los documentos y en la forma prevista en los Reglamentos de la Fuerza Aérea.Ayuda