La Reserva Aérea estará constituida por:
A) Los retirados o bajas de la Fuerza Aérea que conserven sus aptitudes
militares, especiales y técnicas;
B) Los ciudadanos que previa solicitud, realicen actividades o cursos de
capacitación en la Fuerza Aérea para la formación de los Cuadros de
Reserva;
C) Los ciudadanos movilizables que posean especialidades, conocimientos
o experiencia de carácter similar a los exigibles a los integrantes
de los distintos Escalafones del Personal Superior y Subalternos, que
componen los diferentes Cuerpos de la Fuerza Aérea;
D) Instituciones y empresas privadas que por la naturaleza de su
actividad, constituyen parte del potencial aeroespacial de la
República.