MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fe de erratas publicada/s: 16/01/1978.
Dentro del plazo de sesenta días a partir de la promulgación de la presente ley, y a propuesta del Comando General de la Fuerza Aérea, el Poder Ejecutivo reglamentará la organización y funcionamiento de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica.Ayuda