Fecha de Publicación: 09/01/1978
Página: 44-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   Increméntanse para el Ejercicio 1978 los Rubros de Gastos del 1 al 3
de los Organismos comprendidos en el Presupuesto Nacional de Sueldos,
Gastos e Inversiones, en un 40% (cuarenta por ciento) y los
correspondientes al 4, 5 y 9 en un 20% (veinte por ciento) del crédito
legal vigente al 1º de enero de 1978.

                              CAPITULO III

                   Normas de ordenamiento financiero  
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