El Poder Ejecutivo a propuesta fundada del Ministerio de Agricultura y
Pesca, podrá autorizar a partir del 1.o de enero de 1978, la transferencia
de los créditos disponibles en el Subrubro 02 y de aquellos
correspondientes a las vacantes existentes en los Programas de dicho
Inciso, para ser utilizados en lo pertinente, en la contratación de
funcionarios públicos o incrementar el Renglón correspondiente a
Compensación por Tareas Especializadas.
Inciso 13 - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social