Fecha de Publicación: 12/07/1978
Página: 106-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 24

  Increméntanse a partir del 1.o de enero de 1978, los créditos 
presupuestales del Renglón 021 en los Programas que se detallan: 1.01
"Administración General", 1.05 "Corte de Justicia" y 1.06 "Tribunal de lo
Contencioso Administrativo", en los siguientes montos: N$ 2:403.200
(nuevos pesos dos millones cuatrocientos tres mil doscientos), N$ 34.000
(nuevos pesos treinta y cuatro mil) y N$ 21.000 (nuevos pesos veintiún
mil), respectivamente.

 Para el corriente Ejercicio sólo se podrá disponer de los incrementos
precedentes a partir del 1.o de abril de 1978, en la parte proporcional que corresponda.
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