Fecha de Publicación: 19/01/1979
Página: 234-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE JUSTICIA

Artículo 25

   Si el recurso versare a la vez sobre  la forma y sobre el fondo, la Corte de Justicia no se pronunciará sobre el último sino en el caso de estimar que no se ha cometido infracción formal que invalide el procedimiento.

                             CAPITULO V
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