Fecha de Publicación: 17/01/1980
Página: 349-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 27/07/1990, 01/02/1980, 04/03/1980.

Artículo 103

                 Las Cuidadoras del Consejo del Niño continuarán
percibiendo las asignaciones familiares, prima por hogar constituido y
sueldo anual complementario de acuerdo con las normas generales aplicables
a los funcionarios del Estado.
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