Dentro de un plazo de sesenta días a contar de la
promulgación de esta ley, la Corte Electoral remitirá a la Contaduría
General de la Nación, un proyecto de distribución de los cargos existentes
en las Oficinas Centrales y en las Oficinas Electorales Departamentales,
la que lo elevará al Poder Ejecutivo para su aprobación.