A partir del 1º de enero de 1980, las asignaciones
presupuestales de los Rubros 1 y 2 de los Programas comprendidos en el
Presupuesto Nacional, para atender los suministros efectuados por
Organismos estatales y paraestatales a las respectivas Unidades
Ejecutoras, se incrementarán en cada oportunidad en que los Organismos de
referencia ajusten sus precios o tarifas. Los importes resultantes, se
redondearán a la centena superior.
Los créditos que se asignaban a los Programas Presupuestales
comprendidos en el Presupuesto Nacional para adquirir carne y menudencias
al Frigorífico Nacional podrán ser únicamente destinados a dicho
abastecimiento, autorizándose el incremento de los citados créditos de
acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, previo informe
de la Comisión Administradora de Abasto.