Fecha de Publicación: 17/01/1980
Página: 349-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 27/07/1990, 01/02/1980, 04/03/1980.

Artículo 33

                Créase una partida de N$ 1:440.000.00 (nuevos pesos un
millón cuatrocientos cuarenta mil) en el Renglón 073 del Programa 1.05
"Administración de Aeropuertos Nacionales" con los siguientes destinos:

A)   N$ 240.000.00 (nuevos pesos doscientos cuarenta mil) para los
     Técnicos Profesionales Ingenieros (Escalafón AaA);
B)   N$ 1:200.000.00 (nuevos pesos un millón doscientos mil) para el
     personal Técnico Especializado (Escalafón AaB y Ac).

     Dichas compensaciones serán otorgadas por el Comando General de la
Fuerza Aérea a propuesta de la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica con la previa aprobación de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica.
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