Autorízase a la Contaduría General de la Nación a ajustar
los créditos de los Programas 1.04 "Asesoramiento y Contralor
Intermitente", 1.07 "Recaudación, Contralor y Fiscalización de la Renta
Aduanera" y 1.14 "Regulación de Precios y Subsidios de los Artículos de
Primera Necesidad", para atender las erogaciones correspondientes al
régimen de ocho horas diarias de labor.