Fecha de Publicación: 17/01/1980
Página: 349-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 27/07/1990, 01/02/1980, 04/03/1980.

Artículo 50

                Autorízase a la Contaduría General de la Nación a ajustar
los créditos de los Programas 1.04 "Asesoramiento y Contralor
Intermitente", 1.07 "Recaudación, Contralor y Fiscalización de la Renta
Aduanera" y 1.14 "Regulación de Precios y Subsidios de los Artículos de
Primera Necesidad", para atender las erogaciones correspondientes al
régimen de ocho horas diarias de labor.
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