Declárase que el Instituto Nacional de Pesca desde la
vigencia de su ley de creación 14.484, de 18 de diciembre de 1975, ha
sustituido en sus cometidos y atribuciones a la Junta Nacional de Pesca,
derogándose a partir del ejercicio 1980, los recursos asignados a dicha
Junta por el artículo 297 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.