Créase en el Programa 1.04 "Administración, defensa y
mejoramiento de las aguas, álveos y zonas aledañas y control de
contaminación", cuya Unidad Ejecutora será la "Dirección Nacional de Aguas
y Saneamiento Ambiental" (DINASA) la que desempeñará los cometidos que se
atribuyen al Ministerio de Transporte y Obras Públicas por el artículo 201
de la ley 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas).