Corresponde al órgano directivo la administración general de la
asociación profesional y de sus bienes, y al órgano fiscalizador su debido
control.
Los integrantes de ambos órganos en las de primer grado, serán electos en
votación secreta.
Los miembros de los órganos directivo y fiscalizador podrán ser reelectos
en la forma y condiciones que determine la Reglamentación.