MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 23/10/1981.
Deróganse el literal E del numeral 1º y los numerales 2º y 3º del artículo 25 y el artículo 26 de la ley 13.033, de 7 de diciembre de 1961, con la redacción dada por el artículo 1º de la ley 15.095, de 22 de diciembre de 1980. Inciso 4 - Ministerio del InteriorAyuda