MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 23/10/1981.
Créase una tasa que se denominará "Tasa de Servicios Registrales" que gravará cada certificado que se solicite a los Registros Públicos del Programa 1.03 "Inscripción y certificación de actos y contratos y servicios notariales" que se determinará en la forma y condiciones que establezca el Poder Ejecutivo.Ayuda