MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Fe de erratas publicada/s: 17/03/1982.
Cuando el Estado o las entidades estatales sean los beneficiarios de la servidumbre minera, a falta de acuerdo sobre la indemnización, esta se fijará por el procedimiento prescripto para la expropiación. CAPITULO VIII Derechos y Cánones MinerosAyuda