MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Fe de erratas publicada/s: 17/03/1982.
El Poder Ejecutivo podrá exonerar total o parcialmente la parte estatal del Canon de producción, por períodos que no excederán de los primeros diez años de la explotación, si considera que existen razones de interés general en fomentar dicha explotación.Ayuda