Fecha de Publicación: 16/02/1982
Página: 677-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 17/03/1982.

Artículo 89

           Durante la vigencia de un derecho minero o mientras se
encuentre en trámite formal, no se admitirán peticiones de otros títulos
ni la solicitud constituirá prelación de ninguna clase. Solo se admitirá
la petición cuando el área o el mineral determinado hayan quedado
expeditos y la prelación será exclusivamente cronológica.
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