Fecha de Publicación: 28/06/1982
Página: 597-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 16

   Inclúyese en la exoneración a que hace referencia el artículo 16 del Título 10 del Texto Ordenado 1979 a todo capital representado por obligaciones.
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