Los fabricantes e importadores de cigarrillos que se expendan en el país, quedan obligados a realizar cada tres meses una publicación por los principales medios de publicidad en la que se haga constar los
porcentajes máximo de nicotina y producido de alquitrán, correspondientes
a cada cigarrillo contenido en los envases de las marcas expuestas a la
venta, de acuerdo a la reglamentación respectiva.