Ley 15.372
Se establecen normas en materia de Residencias Médicas Hospitalarias
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
CAPITULO I
De las Residencias Médicas Hospitalarias
Artículo 1
El régimen de Residencias Médicas Hospitalarias, es el sistema de capacitación progresiva que vincula funcionalmente al recién egresado con un centro asistencial o docente, debidamente acreditados, de carácter público, en el que actúa en forma intensiva bajo la orientación y supervisión del personal superior estable de dicho centro.
GREGORIO C. ALVAREZ. - LUIS A. GIVOGRE. - RAQUEL LOMBARDO de de BETOLAZA.