Fecha de Publicación: 31/10/1983
Página: 175-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 3

   El Poder Ejecutivo (Ministerio de Defensa Nacional) y la
Administración Nacional de Telecomunicaciones acordarán las compensaciones
que pudieron corresponder como consecuencia de dicha mutación dominial.
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