(Reiteración de la respuesta). La violación de cualesquiera de los
requisitos establecidos en el artículo 9º, la publicación o difusión con
omisiones, errores gramaticales, tipográficos, o de otra naturaleza de
alguna entidad, importará la nulidad de la publicación o emisión ejecutada
por vía de respuesta, dando lugar a que se efectúe de nuevo correctamente
si así lo solicitare la parte interesada al Juez competente, quien
resolverá sin más trámite.