(Titularidad). Toda persona física o jurídica, de derecho público o
privado, puede ejercer ante el Juzgado competente el derecho de responder
a una publicación o cualesquiera otros medios de comunicación pública, que
la haya aludido o mencionado, sin perjuicio de las penas y responsabilidad
civil a que pueda dar lugar la publicación, noticia o información que
provoca la respuesta.