MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Fe de erratas publicada/s: 31/01/1985.
El derecho de superficie se constituye por los mismos títulos y modos que el derecho de usufructo. Su titular podrá otorgar hipoteca (artículos 2329 y 2331 del Código Civil), la que se constituirá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 y siguientes de la presente ley.Ayuda