Fecha de Publicación: 16/04/1985
Página: 31-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Fe de erratas publicada/s: 31/05/1985.

Artículo 15

  La propiedad de los establecimientos de la segunda categoría (Farmacia
Hospitalaria) deberá pertenecer al titular del servicio, sea público o
privado.
Ayuda