MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Fe de erratas publicada/s: 31/05/1985.
A los fines de la presente ley se entiende por cosmético toda sustancia y mezcla de sustancias preparada para ser utilizada en la limpieza, mejoramiento o alteración del cutis, piel, cabello, uñas o dentadura, incluyendo desodorantes y perfumes.Ayuda