PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Decreto 101/017
Apruébase el Presupuesto de Recursos, de Compras (Operativo e Inversiones) y de Operaciones Financieras de OSE, correspondiente al ejercicio 2017.
(899*R)
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 17 de Abril de 2017
VISTO: El Presupuesto de Ingresos, Presupuesto de Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, correspondiente al ejercicio 2017;
RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo contó con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, no formulando observaciones al proyecto de Presupuesto mencionado;
II) Que por Resolución de fecha 24 de Agosto de 2016 el Tribunal de Cuentas emitió su dictamen constitucional respecto al proyecto de Presupuesto efectuando las siguientes observaciones:
a) "1.4) El Organismo presentó Ingresos adicionales netos por $
876:000.000, los que estarán condicionados a lo que disponga el
Poder Ejecutivo a través de tarifas u otros medios durante el
período 2017 - 2010. Por lo expuesto no se da cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 5 de la Ley N° 16.211 por cuanto se
presupuestan actividades que no pueden ser cubiertas con los
ingresos directos generados por las mismas";
b) "1.5) El Ente incluye en el financiamiento un fideicomiso a
concertar por $ 1.264:000.000, pero no deja constancia en las
normas presupuestales que las inversiones están condicionadas a
la formalización de las fuentes de financiamiento lo que deberá
contar con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 331 de
la Ley N° 18.172 de 07/09/07 en los Literales C) y D)
respectivamente";
III) Que por Resolución de Directorio N° 1550/16 de 3 de noviembre de 2016 la Administración de las Obras Sanitarias del Estado comunica que "no comparte las observaciones realizadas al Presupuesto 2017 por el Tribunal de Cuentas";
IV) Que surge de lo expresado que en el caso se da la situación que no media conformidad respecto del proyecto de Presupuesto entre el Ente y el Tribunal de Cuentas, por lo que correspondía su remisión a la Asamblea General para resolver en cuanto a las discrepancias suscitadas;
V) Que por Mensaje de fecha 26 de diciembre de 2016, el Poder Ejecutivo remitió el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a la Asamblea General;
CONSIDERANDO: I) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen formulando observaciones respecto al financiamiento de la iniciativa Presupuestal 2017 de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado por lo que la misma fue remitida a la Asamblea General;
II) Que la Asamblea General no se expidió en el plazo dispuesto en el artículo 221° de la Constitución de la República según Mensaje de la Presidencia de la Asamblea General de fecha 6 de febrero de 2017;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
El Proyecto de Presupuesto de Recursos, de Compras (Operativo e Inversiones) y de Operaciones Financieras de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a regir a partir del 1° de enero de 2017, se constituye por las normas y montos que se detallan a continuación: