Fecha de Publicación: 11/05/1988
Página: 280-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 12

  12.1   Los instrumentos de medir longitudes para los cuales una fuerza 
         de tracción es indicada en la aprobación de modelo serán 
         sometidos a verificación estando la longitud a controlar, 
         apoyada sobre una superficie plana horizontal, prácticamente sin 
         frotamiento y sometida a la fuerza de tracción indicada. 
  12.2.  En el caso de cintas de medir en las que no esté especificada la 
         fuerza de tracción a que debe ser sometida durante la 
         verificación ésta se efectuará en las condiciones establecidas 
         en el numeral anterior con las siguientes fuerzas: 

         Longitud nominal                      Fuerza de tracción
            en metros                               en Newton

              0<1<5                                    20
              5<=1                                     50

           
           Características de los instrumentos de medir longitud
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