Fecha de Publicación: 11/05/1988
Página: 280-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 19

   Simultáneamente el interesado suministrará al Laboratorio Tecnológico 
del Uruguay dos ejemplares de cada tipo de instrumentos cuyo modelo se 
solicita aprobar, para ser ensayado en su Laboratorio. 
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