21.1 Para la aprobación de modelo de aquellos instrumentos cuya
instalación en el Laboratorio Tecnológico del Uruguay o el
transporte al mismo resulta muy dificultoso, a juicio de la
Dirección de Metrología Legal, el intersado deberá presentar a
la Dirección de Metrología Legal una amplia memoria descriptiva,
adjuntando planos y folletos.
21.2. La Dirección de Metrología Legal con el informe favorable del
Laboratorio Tecnológico del Uruguay podrá extender una
aprobación provisoria del modelo quedando su aprobación
definitiva supeditada al ensayo que se deberá efectuar una vez
instalado el instrumento, antes de su puesta en marcha.
21.3. De conformidad con el informe del Laboratorio Tecnológico del
Uruguay y las características técnico-económicas del bien o
servicio a medir con el mencionado instrumento, la Dirección de
Metrología Legal establecerá las tolerancias de uso admisibles.
Verificación Primitiva