Fecha de Publicación: 26/03/2003
Página: 600-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 5

 La sociedad anónima tendrá por objeto desarrollar actividades mineras 
respecto a dos zonas: a) zona evaluada por ANCAP y DINAMIGE sobre un 
yacimiento de arenas negras, incluida  en la Reserva Minera establecida 
en el Decreto 183/2002 de 23 de mayo de 2002, que consta de 805 hás 
afectando parcialmente el padrón 1645 de la 4ª. Sección Catastral del 
Departamento de Rocha y b) zona de estimación de reservas posibles de 
arenas negras en un área de 2000 Hás incluida en la Reserva Minera 
citada, de la 4ª y 5ª Secciones Catastrales del Departamento de Rocha. 
Ambos documentos gráficos obran agregados al Estudio Geológico Minero del 
Depósito de Arenas Negras de Aguas Dulces de setiembre de 2002 aprobado 
por el Poder Ejecutivo en el presente decreto.
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