La sociedad anónima tendrá por objeto desarrollar actividades mineras
respecto a dos zonas: a) zona evaluada por ANCAP y DINAMIGE sobre un
yacimiento de arenas negras, incluida en la Reserva Minera establecida
en el Decreto 183/2002 de 23 de mayo de 2002, que consta de 805 hás
afectando parcialmente el padrón 1645 de la 4ª. Sección Catastral del
Departamento de Rocha y b) zona de estimación de reservas posibles de
arenas negras en un área de 2000 Hás incluida en la Reserva Minera
citada, de la 4ª y 5ª Secciones Catastrales del Departamento de Rocha.
Ambos documentos gráficos obran agregados al Estudio Geológico Minero del
Depósito de Arenas Negras de Aguas Dulces de setiembre de 2002 aprobado
por el Poder Ejecutivo en el presente decreto.