Fecha de Publicación: 27/04/2004
Página: 149-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 5

 La aplicación de lo dispuesto precedentemente es sin perjuicio de las 
limitaciones del dominio en beneficio de la navegación aérea que pudieran 
establecerse respecto de aproximaciones instrumentales de no precisión 
(VOR y NDB) y de precisión (I.L.S.).-
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