MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Sin perjuicio de los establecido en el artículo siguiente la extinción
del permiso ocurrirá:
a) Por su no renovación transcurrido un año de su concesión o reválida;
b) Por renuncia del titular;
c) Por la muerte del titular, o disolución de la persona jurídica o
sociedad autorizada.
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