Fecha de Publicación: 01/04/2003
Página: 629-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 6

 Una vez que el puesto de recaudación ubicado en Ruta 11, Km. 81, 
comience a ser operado por el concesionario de la Megaconcesión, serán 
aplicables a su respecto la misma bonificación establecida en este 
Decreto, manteniéndose además las vigentes a la fecha.
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