MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Los interesados en prestar este servicio, al presentar su solicitud, deberán efectuar un depósito de 200 Unidades Reajustables, como garantía de mantenimiento de la misma, según lo dispuesto por el inciso f) del artículo 8o. del decreto 734/978, de fecha 20 de diciembre de 1978.Ayuda