Prohíbese, temporariamente, la introducción al territorio de
la República de herramientas usadas, tanto de mano como mecánicas, sin la
autorización expresa de la Dirección de Sanidad Vegetal.
La Dirección General de Migración, en coordinación con la Dirección de
Sanidad Vegetal, tomará las providencias necesarias para la debida
desinfección de la vestimenta y demás adminículos no inherentes al trabajo
en citrus de aquellas personas extranjeras de paso en el territorio de la
República y que, a juicio de ambas Direcciones, pudieren prestar servicio
de cualquier naturaleza en las áreas potencialmente aptas para sufrir
infección.
De la declaración jurada anual de existencias físicas de viveros