Fecha de Publicación: 01/04/2005
Página: 4-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

 El Ministerio de Desarrollo Social dispondrá hasta el 31 de mayo de 2005
a fin de presentar su propuesta de gastos de funcionamiento al Ministerio
de Economía y Finanzas, en función de los cometidos asignados y de la
redistribución de créditos determinados por la Ley N° 17.866, de 21 de
Marzo de 2005.-
Las reasignaciones de créditos de gastos de funcionamiento de otros
Incisos al Inciso 15, se realizará conjuntamente con el tope de crédito
asignado a tal efecto.-
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