Fecha de Publicación: 13/05/2019
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   Conjunto de datos para incorporar documentos al Registro de eventos.
   Para la incorporación de documentos clínicos en el Registro de Eventos se deberá cumplir con el contenido establecido en el Anexo II, que forma parte del presente Decreto.
Ayuda