Fecha de Publicación: 04/04/1986
Página: 43-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 123/986

Se ordena el régimen tarifario, sistema de descuentos y bonificaciones de
las empresas de transporte interdepartamental de pasajeros por carretera.

Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

                                       Montevideo, 26 de febrero de 1986.

   Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Transporte 
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, tendiente a ordenar el régimen tarifario, sistema de descuentos y bonificaciones que las 
empresas concesionarias de servicios regulares de transporte interdepartamental de pasajeros por carreteras otorgan a los diversos usuarios.

   Resultando: que el artículo 2º, literal a) del decreto 14/983, del 12
de enero de 1983, sanciona con 150 U.R. la violación del régimen 
tarifario vigente.

   Considerando: I) Que existen procedimientos establecidos por normas
legales y reglamentarias así como prácticas impuestas por hábitos
comerciales que es necesario ordenar a efectos de dar al régimen 
tarifario la coherencia y permanencia necesaria para que no se produzcan
distorsiones;

   II) Que asimismo resulta conveniente establecer normas básicas que
regulen la materia evitando de esta manera, que las empresas
concesionarias apliquen descuentos que no están expresamente autorizados.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Transporte,

   El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Las empresas de transporte con domicilio en la capital presentarán dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la fijación, por el Poder
Ejecutivo las tarifas en sus diferentes servicios.
   Las restantes empresas dispondrán de 5 días hábiles para el cumplimiento de la misma obligación.

SANGUINETTI.- JORGE SANGUINETTI.
Ayuda