Fecha de Publicación: 29/04/2013
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 2

 La misma podrá realizarse en acto, tanto público como privado, no siendo
necesario, al respecto, el cumplimiento de formalidad o solemnidad alguna,
siendo suficiente que el destinatario de la misma posea los requisitos
enunciados en el artículo 1 de la Ley y que quien entregue la misma se
encuentre legitimado a ello.
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