Fecha de Publicación: 08/04/2003
Página: 686-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 10

 La comprobación de la comisión de ilícitos aduaneros o tributarios por 
la justicia competente, por parte de cualquiera de los titulares de las 
empresas que operan bajo el régimen del Decreto Nº 367/995, de 4 de 
octubre de 1995 y sus modificativos, dará lugar a la revocación del 
respectivo permiso, sin perjuicio de las facultades otorgadas a la 
administración por las normas reglamentarias. 
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